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Laboral y Previsión Social
Confirman el despido con causa de un trabajador por pérdida de confianza
La Cámara Federal de Resistencia ratificó el despido con justa causa de un trabajador del Banco Nación acusado de transferir fondos a su cuenta personal. El tribunal consideró que la conducta implicó pérdida de confianza y rechazó los reclamos de reincorporación e indemnización.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 09/09/2025 13:37 Hs.
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La Justicia Federal confirmó la validez del despido de un trabajador bancario por una operatoria irregular con fondos de terceros.

La Cámara Federal de Resistencia rechazó el recurso de apelación de un ex empleado jerárquico del Banco Nación, y confirmó la sentencia que validó su despido con causa. El fallo sostuvo que el desvío de fondos hacia su cuenta personal —aunque luego fueran restituidos— constituyó una injuria grave y suficiente para extinguir el vínculo laboral por pérdida de confianza.

Fallo: la Cámara Federal de Resistencia confirmó un despido con causa por pérdida de confianza en un empleado

La Cámara Federal de Resistencia confirmó el despido con causa dispuesto por el Banco Nación contra uno de sus empleados jerárquicos, acusado de desviar fondos desde una cuenta de terceros hacia la suya propia para utilizarlos en beneficio personal.

Según el sitio Diario Judicial, el caso se inició en 2016, cuando el actor demandó a la entidad bancaria solicitando la nulidad de la resolución que dispuso su desvinculación. Alegó que se trató de un despido discriminatorio y reclamó su reincorporación con salarios caídos. Subsidiariamente, pidió el pago de indemnizaciones y un resarcimiento por daño moral.

En primera instancia, el juzgado federal rechazó la demanda, entendiendo que el sumario administrativo que concluyó con la Resolución 3277/2015 había respetado el debido proceso, garantizando el derecho de defensa y la valoración de pruebas.

El trabajador apeló la decisión alegando que la sentencia se basaba en fundamentos genéricos, que no había existido perjuicio económico para el Banco porque los fondos se restituyeron de inmediato y que el hecho había sido un error mecánico sin intencionalidad dolosa.

La Cámara, con votos de las juezas Rocío Alcalá y Patricia Beatriz García, confirmó lo resuelto. Consideró probado que el actor desvió fondos de manera indebida y los utilizó para cancelar su tarjeta de crédito y realizar extracciones en cajero automático.

El tribunal subrayó que, en materia laboral bancaria, la pérdida de confianza puede configurarse aun cuando no haya un perjuicio patrimonial efectivo, bastando la existencia de una conducta incompatible con el deber de fidelidad y buena fe.

Asimismo, recordó que el principio de progresividad de las sanciones disciplinarias no resulta aplicable cuando se trata de hechos de gravedad objetiva, que por sí mismos justifican el despido directo sin necesidad de sanciones previas.

Respecto del daño moral, la Cámara entendió que, al estar justificado el despido, no corresponde reparación alguna. Tampoco prosperó el argumento relativo a la causa penal iniciada, ya que la responsabilidad disciplinaria en el ámbito laboral es independiente de la responsabilidad penal.

Finalmente, se impusieron las costas al actor y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes conforme a la ley arancelaria.

De esta forma, la Justicia convalidó la decisión del Banco Nación, reforzando el criterio de que la confianza es un pilar esencial en la relación laboral, particularmente en el ámbito bancario donde se administran fondos de terceros.


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