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Laboral y Previsión Social
Aumento retroactivo y bono para empleadas domésticas: cómo se paga y a quiénes alcanza
El acuerdo incluye un incremento salarial acumulativo del 6,6% hasta septiembre 2025, retroactivo a febrero, y el pago de un bono no remunerativo mensual entre $4.000 y $10.000, según horas trabajadas. Conocé detalles y escalas.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 18/07/2025 14:58 Hs.
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Aumento retroactivo y bono para trabajadoras de casas particulares

En el marco de la paritaria 2025, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, con participación de gremios y representantes del sector empleador, resolvió un esquema de aumentos y bonos para el personal de casas particulares. El incremento salarial se aplicará de manera escalonada: 3,5% retroactivo a febrero-junio, más 1% acumulativo en julio, agosto y septiembre, alcanzando un 6,6% sobre los salarios de enero.

En paralelo, se acordó un bono no remunerativo por única vez, que se abonará en tres cuotas (julio, agosto y septiembre de 2025) con los sueldos mensuales. Los montos serán de $4.000 para jornadas de hasta 12 horas semanales, $7.000 en julio y $6.000 en agosto y septiembre para jornadas de 12 a 16 horas, y $10.000 en julio y $9.500 en los meses siguientes para más de 16 horas semanales. Este beneficio es obligatorio para todos los empleadores y se paga por cada relación laboral activa, incluso si la trabajadora presta servicios en más de un domicilio.

El bono es no remunerativo, por lo que no genera aportes, contribuciones, antigüedad ni se incluye en el cálculo del aguinaldo o liquidaciones finales, y debe figurar en el recibo como concepto aparte. La medida rige para todas las modalidades y categorías, con o sin retiro, en todo el país.

El acuerdo también establece una nueva audiencia de revisión en octubre, para evaluar la evolución de la actividad y posibles recomposiciones adicionales. Cabe recordar que la última actualización había sido en febrero de este año mediante la Resolución CNTCP 1/2025, con un incremento del 1,3% en diciembre 2024 y 1,2% en enero 2025.

Nuevos salarios mínimos (provisorios) para trabajadores de casas particulares

Según el texto del acuerdo, estas serían las escalas según categoría y modalidad (los importes NO incluyen las sumas no remunerativas acordadas las que deberán adicionarse en cada caso):

1. Supervisor/a

Coordina y controla tareas de 2 o más personas a su cargo.

Con retiro:

  • Enero: $430.878 / $3.454 hora
  • Feb-junio (+3,5%): $446.019 / $3.574 hora
  • Julio (+1%): $450.479 / $3.609 hora
  • Agosto (+1%): $454.983 / $3.645 hora
  • Septiembre (+1%): $459.532 / $3.681 hora

Sin retiro:

  • Enero: $479.950 / $3.783 hora
  • Feb-junio: $496.748 / $3.916 hora
  • Julio: $501.716 / $3.955 hora
  • Agosto: $506.733 / $3.994 hora
  • Septiembre: $511.800 / $4.034 hora

2. Personal para tareas específicas

Cocineros/as o tareas que requieren idoneidad.

Con retiro:

  • Enero: $400.310 / $3.270
  • Feb-junio: $414.320 / $3.385
  • Julio: $418.463 / $3.419
  • Agosto: $422.648 / $3.453
  • Septiembre: $426.874 / $3.487

Sin retiro:

  • Enero: $445.613 / $3.585
  • Feb-junio: $461.229 / $3.711
  • Julio: $465.841 / $3.748
  • Agosto: $470.499 / $3.785
  • Septiembre: $475.204 / $3.823

3. Caseros

Trabajan en vivienda en la que también residen.

  • Enero: $390.567 / $3.089
  • Feb-junio: $404.388 / $3.197
  • Julio: $408.432 / $3.229
  • Agosto: $412.516 / $3.261
  • Septiembre: $416.641 / $3.294

4. Asistencia y cuidado de personas

Niños/as, adultos mayores, personas con discapacidad.

Con retiro:

  • Enero: $390.567 / $3.089
  • Feb-junio: $404.388 / $3.197
  • Julio: $408.432 / $3.229
  • Agosto: $412.516 / $3.261
  • Septiembre: $416.641 / $3.294

Sin retiro:

  • Enero: $435.246 / $3.454
  • Feb-junio: $450.480 / $3.575
  • Julio: $454.985 / $3.610
  • Agosto: $459.534 / $3.646
  • Septiembre: $464.129 / $3.682

5. Personal para tareas generales

Limpieza, cocina, mantenimiento, etc.

Con retiro:

  • Enero: $351.233 / $2.863
  • Feb-junio: $363.526 / $2.963
  • Julio: $367.161 / $2.992
  • Agosto: $370.832 / $3.021
  • Septiembre: $374.540 / $3.051

Sin retiro:

  • Enero: $390.567 / $3.089
  • Feb-junio: $404.388 / $3.197
  • Julio: $408.432 / $3.229
  • Agosto: $412.516 / $3.261
  • Septiembre: $416.641 / $3.294

Aclaramos que se trata  de montos estimados, la resolución con los valores oficiales aún no ha sido publicada.

¿Cómo se paga el aumento retroactivo de las empleadas domésticas?

El aumento retroactivo del 3,5% correspondiente al período febrero a junio de 2025 se abonará junto con los sueldos de julio de 2025, en una única liquidación complementaria.

Esto significa que el empleador debe:

  • Calcular la diferencia entre el salario que la trabajadora debió haber percibido desde febrero hasta junio con el incremento del 3,5% y el salario efectivamente pagado en esos meses.
  • Sumar esa diferencia (retroactivo) al salario mensual de julio 2025.
  • Incluir el retroactivo en el recibo de sueldo de julio, especificando el concepto como “Ajuste retroactivo Feb-Jun 2025” o similar.

Ejemplo práctico:

Si una empleada de tareas generales (con retiro) cobraba $351.233 en enero, el 3,5% sobre ese importe equivale a $12.293.

Por cada mes entre febrero y junio, se generó una diferencia de $12.293.

Al liquidar julio, el empleador deberá pagar $12.293 x 5 = $61.465 en concepto de retroactivo, más el sueldo de julio con el nuevo aumento del 1% acumulado.

¿Cómo se liquidan los aumentos de julio, agosto y septiembre?

Continuando con el ejemplo anterior

  • Categoría: Tareas generales con retiro 
    Sueldo base enero 2025: $351.233

1. Liquidación de julio 2025

  • Sueldo base enero: $351.233
  • Aumento retroactivo (3,5%): $12.293Nuevo sueldo: $363.526
  • Incremento julio (1% sobre $363.526): $3.635
  • Sueldo julio con aumento: $367.161
  • Retroactivo feb-jun (3,5% x 5 meses): $61.465
  • Bono no remunerativo julio: $4.000
  • Total julio: $367.161 + 61.465 + 4.000 = $432.626

2. Liquidación de agosto 2025

  • Sueldo julio: $367.161
  • Incremento agosto (1% sobre $367.161): $3.671
  • Sueldo agosto: $370.832
  • Bono no remunerativo agosto: $4.000
  • Total agosto: $370.832 + 4.000 = $374.832

3. Liquidación de septiembre 2025

  • Sueldo agosto: $370.832
  • Incremento septiembre (1% sobre $370.832): $3.708
  • Sueldo septiembre: $374.540
  • Bono no remunerativo septiembre: $4.000
  • Total septiembre: $374.540 + 4.000 = $378.540

¿Cómo se paga el bono no remunerativo?

El bono no remunerativo será abonado en tres cuotas mensuales consecutivas: julio, agosto y septiembre de 2025, junto con el pago del sueldo mensual.

Los montos establecidos, según la cantidad de horas semanales trabajadas, son los siguientes:

Horas semanalesJulioAgostoSeptiembre
0 a 12 horas$4.000$4.000$4.000
12 a 16 horas$7.000$6.000$6.000
Más de 16 horas o sin retiro$10.000$9.500$9.500

Este importe es fijo y proporcional al tiempo trabajado, sin distinción geográfica: rige en todo el país por igual.

¿Qué significa que sea no remunerativo?

El carácter no remunerativo implica que:

  • No se incorporan aportes ni contribuciones sobre el bono.
  • No se suma al cálculo del aguinaldo ni vacaciones.
  • No genera adicionales por antigüedad ni por zona desfavorable.
  • No se tiene en cuenta en indemnizaciones o liquidaciones finales.
  • No puede descontarse de futuros sueldos o aumentos.

Debe figurar en el recibo de sueldo como concepto aparte.

¿Quiénes deben pagarlo?

Este bono es obligatorio y debe ser abonado por todos los empleadores de personal de casas particulares, independientemente del tipo de contratación. Además:

  • Si una trabajadora presta servicios en más de un domicilio, cobra el bono en cada uno de ellos.
  • Se aplica a todas las categorías y modalidades del sector.

Es importante destacar que el bono debe abonarse íntegramente, de acuerdo con la tabla de horas trabajadas, y no puede considerarse un anticipo ni reemplazo del sueldo.

Los empleadores deben dejar constancia del pago en el recibo correspondiente a cada mes.

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